No dejan de sorprendernos algunas de las decisiones judiciales. Especialmente algunas de las dirigidas a juzgar políticos por parte de jueces. En este caso, resulta que toda una corporación municipal, «desconocía» que no se podían dar licencias urbanísticas en suelo «no urbanizable«. Como decimos, ¡bendita sea la «ignorancia»!.
Como consecuencia de alegar desconocimiento, han sido absueltos.
Esto nos lleva a una conclusión… si el desconocimiento exime del cumplimiento de la Ley y, más allá que eso, de la responsabilidad por no cumplir la Ley, se abre el melón para poder delinquir impunemente.
¡Bienvenidos al lejano Oeste americano! Cuando eran sólo las armas las encargadas de mantener el orden. Pero claro, ¿qué orden?. ¿El que debe imponer la Ley y la Justicia o el que impone la fuerza del más osado?
Pueden leer pinchando aquí el artículo publicado sobre esta absolución en el diario 20 Minutos.
Ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat (del latín, ‘la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley’) es un principio de Derecho que indica que el desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa, porque rige la necesaria presunción o ficción legal de que, habiendo sido promulgada, han de saberla todos.
El Código Civil español, en su artículo 6, dice:
1. La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.
El error de derecho producirá únicamente aquellos efectos que las leyes determinen.
2. La exclusión voluntaria de la ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros.
3. Los actos contrarios a las normas imperativas y a las prohibitivas son nulos de pleno derecho, salvo que en ellas se establezca un efecto distinto para el caso de contravención.
4. Los actos realizados al amparo del texto de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico, o contrario a él, se considerarán ejecutados en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado de eludir.
Pero esto, según algunos jueces, parece que no se aplica para algunos políticos en España.
Y no es un caso único. Algo parecido ocurrió con el caso de «La Fabriquilla» en Roquetas de Mar. Curiosamente, los dos casos que presentamos, localizados en Almería. En este último siendo uno de sus protagonistas Don Gabriel Amat, de quien hablábamos en un artículo titulado: «Gabriel Amat, la política y la corrupción institucional» que pueden leer pinchando aquí.
El caso de «La Fabriquilla» lo explica en detalle Don Luis Montoya en su blog. Lo pueden leer pinchando aquí.
En pocas palabras… que si alguno de ustedes es un supuesto delincuente o está planeando alguna acción delictiva, intente conseguir que si le descubren, le juzgue alguno de estos jueces. Alegue ignorancia y desconocimiento. Quedará usted libre como los pajaritos del campo.