Es estremecedor tener que plantearnos si en España se respeta el Estado de Derecho. Especialmente si nos referimos a los órganos jurisdiccionales. Aquellos llamados a cuidarlo, respetarlo y aplicarlo. Los Jueces y Magistrados. Hay cada vez más información que nos hace pensar que en nuestro sistema judicial hay enormes y gravísimas grietas en cuanto al respeto y la aplicación de la Ley y, en particular, del Derecho de la Unión Europea. ¿Estado de Derecho?
Ponemos de relieve que en este artículo, al igual que de forma habitual en los artículos que publicamos, denunciamos públicamente vulneraciones al Derecho de la Unión Europea y, de manera particular, violaciones de Derechos Fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE). Violaciones de Derechos Fundamentales que se producen en la implementación del Derecho de la Unión (art. 51.1 CDFUE). No podemos dejar de recordar que los jueces nacionales son considerados, en virtud del Derecho de la Unión Europea, jueces europeos en su jurisdicción, con obligación – en virtud de la primacía del Derecho de la Unión y de la propia Ley nacional – de aplicar el Derecho de la Unión en aquellos supuestos en los que sea de aplicación.
El periodista Carlos Hidalgo (@carloshidalgo) ha publicado un tweet titulado «Cosas de Jueces«. En él hace referencia a un artículo publicado por Mónica Cerbeiro y Manuel Altozano en el diario El País. Por su relevancia, vamos a presentar la información que en él nos da e incluiremos alguna información más.
Son algunos casos de jueces a los que parece que el Estado de Derecho no les obligaba. Y también las consecuencias que tuvieron para ellos sus actuaciones.
Lo adelantamos: lo que van a leer es estremecedor.
Coro Cillán: Inhabilitada por prevaricación en 2014.
Un artículo de El Mundo titulado «La jueza enloquecida por el comisario Villarejo» explica su caso con detalle. Dice el periodista que era «tramposa«, «respetada jurista» y «la mejor profesora de Derecho Constitucional de la Universidad de Extremadura«. Parece ser que se enfrentó con poderosos pero, sus formas y el comisario Villarejo, la hicieron caer.
Esta Magistrada admitió a trámite una querella contra el jefe de los Tedax, por presuntamente ocultar y falsear pruebas sobre los atentados del 11-M en Madrid.
Parece ser que se convirtió en una jueza incómoda para algunos.
El diario El País, en su artículo del 11 de octubre de 2013 explicaba que:
«resucitó la teoría de la conspiración del 11-M. Admitió a trámite la querella de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que acusaba al entonces jefe de los Tedax por ocultar y falsear pruebas sobre los terribles atentados que costaron la vida a 191 personas en 2004. La juez admitió la causa pese a que el asunto ya se había planteado anteriormente, sin éxito, ante la Audiencia Nacional y, en términos muy similares, ante el Juzgado de Instrucción nº 6 de Madrid.
Coro Cillán, sin embargo, mantuvo la causa abierta durante dos años y medio. (…) En febrero de 2012, la Audiencia Provincial de Madrid archivó la causa por entender que era «cosa juzgada» y criticó a Cillán que tardar más de dos años en resolver el recurso de archivo solicitado por la defensa del Jefe de los Tedax. El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite un recurso contra ese Auto de la Audiencia Provincial de Madrid, dando carpetazo a este fleco de la teoría de la conspiración«.
¿Qué le pasó a esta Jueza por abrir una investigación sobre unas actuaciones en las que, de por medio, había 191 muertos?
Le inhabilitaron por 15 años. La Fiscalía pidió permiso para querellarse contra ella por ordenar el precinto de una discoteca. La Jueza, en declaraciones ante el Tribunal de Justicia negó tal prevaricación. Un artículo de El País explicaba que:
«cuando se encontraba de guardia, recibió una denuncia de Alberto Vos, socio de la discoteca Moma 56, S.L. contra Fernando Robes, también socio. En ella se pedía el precinto del local y un cambio de administradores. En contra del criterio de la Fiscal de guardia, que alegó una falta de comprobación de los hechos denunciados, Cillán cerró y siguió tramitando el asunto en vez de enviarlo a otro juzgado, como recogen las normas de reparto de asuntos vigentes entre juzgados de instrucción. Al día siguiente, nombró a un administrador judicial y dos días después nombró a otros tres administradores, entre ellos Francisco Javier Caballero, con un sueldo de 2.500 euros. Caballero es su supuesto «novio», según declaró después la fiscal que estaba de guardia el primer día, Soledad García, durante la inspección que realizó el Consejo General del Poder Judicial (…)
El expediente disciplinario en el CGPJ se inició por la presunta comisión de tres faltas muy graves y una más de carácter grave en relación con la clausura de la discoteca y la designación de los administradores judiciales (…) Según el denunciante, sus socios le denunciaron por administración desleal y la juez Cillán, de acuerdo con ellos, acordó el precinto del local. Al día siguiente nombró administradores judiciales y, horas después, siempre según el denunciante, la juez cenó en un restaurante de Madrid con el abogado de sus socios» .
En el artículo de El Mundo previamente citado se explica:
«Lo del Moma fue una trampa, un montaje. Un socio de la discoteca presenta la denuncia contra el otro socio por la noche, sabiendo que ella estaba de guardia en el juzgado. Y pide que se ponga una administración judicial porque su compañero se está quedando con todo el dinero. Y Coro pone a un administrador que era amigo suyo, que luego ni siquiera se presentó como testigo en su defensa. Además, el socio de la discoteca que fue a poner la denuncia inicial y al que también nombró administrador después, se persona como acusación contra la jueza siendo uno de los beneficiados por la prevaricación. No tiene ningún sentido», dice un letrado de Plaza de Castilla conocedor del caso y que pide mantener el anonimato»
En este caso, el Consejo General del Poder Judicial abrió un expediente disciplinario y poco después se obtuvo una sentencia para inhabilitarla.
Había afrontado causas como la denuncia del financiero Javier de la Rosa contra el ex presidente de la Generalitat Jordi Pujol.
La Jueza interpuso una querella contra el comisario José Villarejo. En su escrito acusaba a Villarejo de urdir un plan para precipitar el fin de su carrera profesional. Tal y como cuenta un artículo publicado por El Confidencial, una conversación telefónica entre De la Rosa y el Comisario Villarejo, dada a conocer por el diario Público, «demostraría que Villarejo movió hilos por detrás para quitar a Cillán … le prometía a De la Rosa que se iba a encargar de apartar a Cillán de la causa«.
Sigue el artículo relatando que:
«El Juzgado número 12 de Madrid ha admitido a trámite su querella tras un primer archivo que recurrió el abogado de Coro, pero otro fenómeno inesperado ha obstaculizado la intenciones de la exmagistrada. La primera diligencia de investigación ordenada por el mencionado juzgado ha sido citar a la querellante, quien no ha podido cumplir con el mandato por culpa de la secretaria judicial.
Esta funcionaria es la misma que ejerció como testigo de cargo en el procedimiento que acabó con la inhabilitación de la exjueza. La letrada de la administración de justicia -nueva denominación del cargo de secretaria judicial- estaba destinada en el Juzgado 43 cuando éste era dirigido por Cillán y participó por lo tanto en la investigación del caso de la discoteca Moma, que provocó el fin de la carrera de la entonces instructora. La testificación de la secretaria judicial, de hecho, además de otras pruebas, resultó ser clave para que el Tribunal Superior de Justicia se decantara por la inhabilitación.
Esta funcionaria, destinada ahora casualmente en el Juzgado número 12 -el que investiga la querella presentada por Cillán-, impidió que la denunciante formalizara lo ordenado por la titular del juzgado, Dolores Baeza Trujillo. En concreto, cuando Cillán se presentó en sede judicial para dar poder de representación a su abogado y cumplir lo establecido por la instructora, la secretaria judicial decidió dar 15 días de plazo a la tutora nombrada por la Comunidad de Madrid, que incluso había acompañado a Coro al juzgado para avalar que ejercía su derecho con plena conciencia, con el fin de que leyera con calma el escrito presentado y decidiera si autoriza o no a la exjueza a otorgar poderes de representación a su letrado, requisito necesario para cumplir con la citación ordenada por la instructora.»
Las últimas noticias que se encuentran sobre Coro Cillán dicen que
«Fue enviada lejos. A Palencia, al centro de rehabilitación psicosocial San Juan de Dios. En la página web del centro se explican los criterios de inclusión de los pacientes que reciben: «Enfermo mental crónico con trastorno psiquiátrico grave que dificulta su adaptación social y personal que le impide su integración». Los amigos de la jueza no entienden qué hace en Palencia. «La han aislado. No nos dejan visitarla», sostienen.
Mercedes Gil, la actual abogada de Coro, dice que han iniciado hasta cinco procesos judiciales para denunciar la situación de su clienta. «No existe ninguna sentencia que la haya incapacitado. No sabemos qué está pasando. Está forzosamente en el centro y nadie nos explica por qué la tienen aislada y por qué está allí sin estar incapacitada», denuncia. Y dice más: «La última vez que pude ir a verla fue el pasado octubre y estaba totalmente equilibrada y… no puedo decir más sin hablar con Coro y sin que me dé autorización para contar todo lo que sé».»
Olga Martín Alonso: amante estable de un importante y reconocido Procurador. El Procurador durante años representó a clientes ante su Juzgado. El CGPJ se ha negado a llevar a cabo investigación alguna.
La Magistrada, viuda de un antiguo amigo de Carlos Lesmes, Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo, fue descubierta manteniendo una relación estable de amantes con un Procurador. Diversos informes de detectives, recabados sobre la base de comportamientos de ambos en lugares públicos, acreditó la relación. Y decimos de amantes porque el Procurador defendió por escrito mantenerse felizmente casado con su esposa mientras mantenía la relación con Olga Martín Alonso.
Como es evidente, esta Asociación ni entra, ni opina acerca de la relación que pudieran mantener ambos profesionales. Tan sólo la pone de relieve al ser una de las partes una Magistrada en ejercicio y afectar los hechos a su jurisdicción.
Durante años, este Procurador ha representado a clientes ante el Juzgado de su amante y, curiosamente, estos clientes parece ser que han obtenido tratos ventajosos, sospechosos de prevaricación y de cohecho.
En el caso de Coro Cillán se le acusó de haber cenado en un restaurante con los abogados de una de las partes contrarias. En este caso, la relación con el representante de las partes era algo mucho más íntimo, personal, perfectamente probado y, desde luego, contrario al Derecho de la Unión Europea.
El restaurante Horcher de Madrid – uno de los más lujosos de la capital – podría ser toda una fuente de importante información.
El Consejo General del Poder Judicial, utilizando unas sentencias de Altos Tribunales que adulteró – haciendo pasar por sentencia lo que no era más que alegatos de parte y a los que la sentencia quitaba la razón – descartó que los Informes de los Detectives fueran válidos y sobre la base de falsedades documentales, se negó a investigar a la Magistrada. Posteriormente se presentó una segunda queja ante ellos solicitando que se investigaran los indicios claros del presunto cohecho de la Magistrada en actuación conjunta con el Procurador en diferentes procedimientos judiciales. El Consejo también se negó a investigar.
Pueden leer los detalles en nuestro artículo titulado Caso Pocoyó.
La Magistrada nombró a un Administrador Judicial con el que de manera también estable se le había visto acudiendo a cursos. La mercantil fue objeto del Concurso de Acreedores. El Concurso se sustanciaba – y se sigue sustanciando – ante su Juzgado. Se confirmó por el propio Administrador Concursal un patrimonio neto positivo de decenas de millones de euros. Pues bien, ese patrimonio ha sido y está siendo liquidado a precios irrisorios. En algunos casos hasta 26 veces por debajo de lo valorado. Incluso aún teniendo garantías líquidas – con avales bancarios a primer requerimiento -. Los principales activos de la concursada han sido adjudicados de forma fraudulenta, al haberlo sido frontalmente en contra de los procedimientos establecidos por la Ley.
¿A quien se han adjudicado los principales activos? Al cliente del amante de la Magistrada. Con una completa y absoluta impunidad.
Se denunció a la Jueza mediante una querella ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La querella fue inadmitida sobre la base de diversas falsedades documentales y en contra del Derecho de la Unión Europea.
Se denunció posteriormente a los Magistrados que la inadmitieron. En este caso, ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. También sobre la base de diversas falsedades documentales, la querella fue inadmitida. De nuevo, también en contra del Derecho de la Unión Europea.
Se denunció posteriormente a los Magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmitieron esa querella. La querella fue inadmitida. Una vez más, sobre la base de diversas falsedades documentales y en contra del Derecho de la Unión Europea.
El bloqueo de determinados jueces a que se investigaran los hechos está siendo completo y absoluto. De forma reiterada y sistemática se han negado a investigar. Lo que perfecciona, por parte de los Magistrados, un delito de tortura de acuerdo con el Derecho de la Unión Europea y con amplia jurisprudencia de Tribunales internacionales. Así se vino denunciando en las diferentes querellas y de manera sistemática ignoraron la denuncia en cada uno de los procedimientos. Incluso lo negaron.
Es importante poner de relieve la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 19 de enero de 2021 en la Demanda 20690/17, pgrf 46. En ella el Tribunal condenó a España por tortura, por no llevar a cabo una investigación sobre los hechos que se denunciaban:
“El Tribunal recuerda que, cuando un individuo afirma de manera argumentada haber sufrido malos tratos a manos (..) del Estado en contra de lo dispuesto en el artículo 3 del Convenio, dicha disposición en conjunción con el deber general impuesto al Estado por el artículo 1 del Convenio de “reconocer a toda persona bajo su jurisdicción los derechos y libertades definidos (…) en el Convenio”, exige, implícitamente, que se lleve a cabo una investigación oficial efectiva. Dicha investigación, a semejanza de la que resulta del artículo 2, debe poder conducir a identificar y, en su caso, sancionar a los responsables. De lo contrario, a pesar de su importancia fundamental, la prohibición legal general de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes sería ineficaz en la práctica y sería posible en ciertos casos que los funcionarios del Estado violaran, con una impunidad casi absoluta, los derechos de quienes se encuentran bajo su jurisdicción”
Como esta sentencia hay muchas más. Del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La denuncia de tortura y/o malos tratos obliga a las instituciones a investigar. No llevar a cabo investigaciones cuando se denuncia la tortura, malos tratos o tratos degradantes, perfecciona la comisión del delito de tortura.
En este caso, todos y cada uno de los órganos jurisdiccionales, así como el Consejo General del Poder Judicial, se han negado en rotundo a llevar a cabo investigación alguna. Todas y cada una de las inadmisiones para abrir investigaciones se han dictado sobre la base de vulneraciones al Derecho de la Unión Europea y falsedades documentales.
María Dolores Barragán Ladrón de Guevara: cerró dos perfumerías porque le pusieron pegas para devolver una colonia (que había gastado en gran parte)
En este caso, tal y como cuenta el artículo de El País, el Consejo General del Poder Judicial la inhabilitó ¡¡¡por un año!!!. Es decir, «pelillos a la mar«.
Qué mas da si usted utilizó o no su jurisdicción para destruir la vida y el negocio de unos ciudadanos.
«Aunque la dependienta le advirtió que no se le podía devolver el dinero porque el perfume ya había sido consumido en gran parte, finalmente, accedieron a ello por las presiones recibidas por la clienta, que se identificó como juez. «Me lo vais a cambiar sí o sí», les dijo de manera amenazante a las empleadas de la tienda. Y aunque hubo devolución del dinero, al día siguiente la juez, que estaba de guardia, cumplió su amenaza y envió a la Policia Local a precintar la sección de perfumería del Autoservicio Katty. No sólo el de la calle Picasso, que fue donde compró el perfume, sino también el de la calle San José, del mismo propietario»
Ángel Luis del Olmo. Años sin ducharse, vejando a los funcionarios, que tenían que aguantar las arcadas. 5.000 € de multa y… aquí no ha pasado nada.
El Magistrado, tal y como relata el artículo del diario ElPeriodico.com:
«Sometió de manera habitual y continuada a los funcionarios tramitadores a condiciones de trabajo vejatorias, tratándoles sin educación, de manera despectiva y dictatorial, sin consideración a su dignidad, provocándoles situaciones de humillación, angustia, temor, nerviosismo y estrés, así como repulsión, debido esto último a su falta de higiene y aseo personal. …
En relación con su falta de higiene, los funcionarios denunciaron su «reiterado y habitual hedor corporal», su falta de limpieza en ropas, o que «se hurgara de manera indecorosa en los pies, los oídos, la nariz o les salpicara con la saliva que salía de su boca», además de un ambiente contaminado de humo y que el magistrado orinara en los lavabos del despacho con la puerta abierta, mientras seguía dictando, llegando en una ocasión, una funcionaria a tener que salir del despacho a vomitar. …
Por otro lado, el Magistrado – que era a su vez decano de los Juzgados de Talavera de la Reina – profería comentarios hirientes a los funcionarios tales como que estaban allí para servirle o que él era la Ley».
El artículo de El País es más claro con respecto a las actuaciones del Juez:
«El Magistrado les lanzaba expresiones como «usted está aquí para servirme», «la ley soy yo», o «aquí manu militari» y, cuando le replicaban, respondía con frases como «por mis cojones» o «aquí mando yo».
El Consejo General del Poder Judicial lo sancionó con una multa de 7.500 €. El Magistrado recurrió y le bajaron la multa a 5.000 €.
Rafael Tirado: ignoró y retrasó la ejecución de una sentencia contra un hombre que había abusado de su hija y que debía ingresar en prisión. Ese hombre mató a Mari Luz Cortés. Al juez se le impuso una multa de 1.500 € y…. aquí no ha pasado nada.
El Juez sevillano no envió a prisión a Santiago del Valle, condenado en firme por abusos sexuales, hasta que se descubrió que este había asesinado a la niña Mari Luz Cortés. El expediente se había traspapelado.
Como explica el artículo de el diario El País:
«La fiscalía reclamaba que Tirado fuera sancionado con la suspensión de empleo y sueldo por tres años, mientras que el Juez solicitaba el archivo de su expediente, pero el Supremo ha rechazado ambos recursos. El Consejo General del Poder Judicial confirmó la multa de 1.500 euros que le había impuesto el anterior Consejo al Juez …. El CGPJ concedió al juez sevillano el traslado al Juzgado de lo Contencioso número 3 de Sevilla, a petición propia»
Pero no es esta la única de las actuaciones sin duda polémicas del actualmente ex juez. Hemos encontrado publicados comentarios acerca de:
«las andanzas y problemas que muy a menudo protagonizaba esté singular personaje, siendo especialmente llamativos los incidentes sucedidos en sendos bares nocturnos de La Campana y Écija, cuando Tirado Márquez se enfrentaba a problemas que él mismo creaba y alimentaba, y cómo siempre llamaba a la Guardia Civil para que le rescatara y le llevara a su casa … también, después de que el CGPJ le multase con la cantidad de 1.500 € sobre el caso Mari Luz, se libró de una sanción importante cuando borracho, embistió con su coche a un motorista que se encontraba parado respetando un semáforo en rojo. Al final, y tras llegar a un acuerdo con la víctima, se saldó simplemente con una retirada temporal del carné de conducir.
Si hubiese sido un ciudadano del pueblo el que hubiese cometido dicha la infracción, él mismo como “Juez” le hubiese impuesto la cárcel sin miramiento alguno, como en otros casos flagrantes en que dicto sentencia y donde sus resoluciones siempre fueron que no se admitían recursos alguno a sus sentencias. Su lema siempre fue, mi palabra es ley.
El motorista se encontraba respetando un semáforo rojo, cuando “el todopoderoso juez” le arremetió por detrás causándole lesiones y destrozando el vehículo que tenia para su trabajo. Su conducta – dió positivo en las pruebas de alcoholemia con (1,4 y luego 0,9) según afirma el Diario Público – es calificada por el código penal como un delito muy grave. Sólo le retiraron el carné de conducir y le impusieron una multa de 30 euros por insultar a los Policías que le hicieron las pruebas de alcoholemia. La aseguradora tuvo que abonar unos 4.800 €uros por los daños que causó a la moto y al ciudadano inocente, que le pudieron costar la vida
En una de sus ultimas apariciones en público de Lora del Rio (donde vive) y que no pasó desapercibida por su caciquismo, fue en una subasta organizada por Cáritas donde Tirado Márquez no cumplió con las normas de comportamiento civil, en un acto de esta características»
María Jesús García Pérez: no va al Juzgado los días en los que tenía gimnasio, y compatibiliza su condición de Juez con ser stripper y tarotista.
El artículo publicado por ElEspañol.com explica que:
«La providencia con las cartas del tarot no es la única excentricidad de la magistrada. También fue investigada por trabajar como stripper – aunque finalmente no fue sancionada por ello – y castigada por irse al gimnasio demorando la puesta en libertad de un detenido, por criticar la ley de violencia de género y faltar el respeto a mujeres denunciantes y por fumar durante los juicios. En uno de sus destinos incluso llegó a presidir vistas con su gato en la sala. …
María Jesús García estaba destinada en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Collado-Villalba. La Guardia Civil había detenido a un súbidito polaco por presuntotos delitos de robo con fuerza y comunicó que lo pondrían a disposición judicial al día siguiente, cuando María Jesús García estaba de guardia. Cuando los agentes llevaron al detenido, la jueza les dijo verbalmente que las actuaciones no eran de su competencia, ausentándose del Juzgado pese a que el detenido ya estaba a su disposición. Cuando fue localizada por el Fiscal y el personal del Juzgado, García Pérez estaba en el gimnasio y reiteró que no iba a resolver. …
En la capital canaria trabajó como jueza de primera instancia. Pero su actividad fuera de los horarios laborales fue lo que llamó la atención del Consejo General del Poder Judicial. Porque en Las Palmas bailaba como stripper. Maria Jesús García hizo gala de su astucia, tal y como ha intentando hacerlo en su último embrollo, el tarot en Lugo. En su momento, la Jueza argumentó que el striptease era su hobby, su pasatiempo. Que lo hacía en su tiempo libre. Y que, desde luego, no cobraba por ello. Al final, consiguió eludir la sanción. Archivaron el caso. Borrón y (otra) cuenta nueva. …
Ya no le vale la excusa de no cobrar – gana en torno a 20 euros por sesión de tarot -. Según fuentes consultadas por EL ESPAÑOL, su criterio, es completamente rompedor con los anteriores titulares de su juzgado en Lugo. Está concediendo «permisos muy peligrosos» a distintos reos de las tres cárceles gallegas que tiene a su cargo. (..) Por ejemplo, le concedió un permiso a un descuartizador de dos personas, a las que mató cuando fueron a cobrarle una deuda y guardó los trozos de sus cadáveres en un refrigerador»
Juan de Dios Anguita juzgó casos en los que se dirimían importantes intereses económicos que le afectaban a él y a su mujer. El Tribunal Supremo anuló la decisión de suspensión por 12 años contra él.
Lo explica un artículo de El Pais:
«Juan de Dios Anguita juzgó casos en los que se dirimían importantes intereses económicos que les afectaban directamente a él y a su esposa. El Consejo General del Poder Judicial lo sancionó con una suspensión de 12 años por no abstenerse en esos procedimientos y por ejercer actividades empresariales incompatibles con la de juez. Pero el Tribunal Supremo anuló la decisión un año después, en diciembre de 2010. Consideró que se había tardado demasiado en sancionarlo, que se habían sobrepasado los plazos legales, e incluso reconoció su derecho a ser indemnizado. El juez, titular del juzgado de primera instancia número 4 de Málaga, volvió a impartir justicia. No era la primera vez que el Supremo enmendaba la plana al Poder Judicial para favorecer a Anguita. El tribunal le rebajó en 2006 otra suspensión de tres meses a uno por desatender sus asuntos, y en 2003 le anuló otra por abandonar su puesto de trabajo.
Se benefició del corto plazo para resolver los expedientes de los jueces. El magistrado de Málaga fundó con su mujer una sociedad, Propiedades Pantie, con la que compró 18 viviendas de una promoción inmobiliaria. Como esta no funcionó, revendió las casas a la sociedad a las que se las había adquirido, Sherry Mirador. Para hacer frente al pago, la empresa hipotecó una finca sobre la que pesaban algunos embargos. El juez participó en varios procedimientos contra Sherry Mirador que afectaban a la deuda que él quería cobrar, y en uno de ellos invitó a las partes a llegar a un acuerdo “no sin cierta presión interesada”, según el Poder Judicial, que lo sancionó por seis faltas muy graves —no abstenerse en cinco ocasiones sabiendo que debía hacerlo y ejercer actividades incompatibles con la condición de juez— a 12 años de suspensión de funciones. El Supremo lo anuló todo porque el procedimiento se había demorado demasiado.»
José Antonio Martín, presidente de la Audiencia de Las Palmas, asesoró jurídicamente a un narco e intercedió por él ante Fiscalía y otros jueces. El Consejo lo apartó de la carrera pero el Tribunal Supremo lo absolvió.
Lo explica un artículo de El Pais:
«El presidente de la Audiencia de Las Palmas, José Antonio Martín, asesoró jurídicamente a un narco y trató de convencer a sus compañeros de tribunal para que lo dejaran en libertad, según la resolución del Consejo que lo apartó de la carrera. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias lo condenó por negociaciones prohibidas a los funcionarios. Pero el Supremo lo absolvió más tarde porque consideró que su asesoramiento no había tenido la suficiente entidad. Martín volvió a su puesto entre los elogios de algunos de sus compañeros, aunque no permaneció en él ni dos meses»
Pilar Ramírez. No podía ejercer como juez en Marbella, municipio en el que su hermano y su padre tenían importantes intereses económicos. Pero lo hacía.
Como relata el artículo de El País:
«Participó en asuntos en los que era parte el Ayuntamiento, gobernado entonces por Jesús Gil, a pesar de que su familia había firmado convenios urbanísticos de gran cuantía económica con el Consistorio, que casualmente resultó muy beneficiado por la actuación de Ramírez. El Consejo la expulsó de la magistratura. Tres años después, el Supremo entendió que los hechos no eran tan graves como para merecer la expulsión, a pesar de reconocer el “ostensible y profundo ataque a la imparcialidad judicial”, y rebajó la sanción a una suspensión de cuatro años. La magistrada se reincorporó en 2003.»
Pasó a impartir Justicia en Torremolinos, población cercana a Marbella.
José Manuel Arce, el juez más sancionado de España. Más de seis meses sin dictar sentencias, ni hacer nada. Con repetidas denuncias de tratos vejatorios y abuso de poder. Podrá volver a la carrera judicial en 2023.
Su caso se narra en este artículo de Confilegal, titulado: «El CGPJ sanciona con 3 años de suspensión de empleo y sueldo al magistrado Manuel Arce Lana por desatender gravemente su trabajo«.
Como si a los ciudadanos de a pie, que somos los que pagamos los impuestos con los que después se pagan los salarios de sus Señorías, tras «desatender gravemente» nuestro trabajo – eufemismo que se reproduce en el artículo -, es decir, si no nos presentamos a él ni lo llevamos a cabo durante meses, nos dieran esas mismas facilidades. Unos meses de separación y luego, como si aquí no hubiera pasado nada, ¡bienvenido de vuelta!.
Además siendo algo repetido. Le sancionaron por no trabajar en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Tarragona. Pero es que antes había hecho algo parecido en el Juzgado Contencioso nº 4 de la Audiencia Nacional, donde «no llegaba antes de las dos de la tarde«, tal y como dice el artículo. En su nuevo destino, el Juzgado de Instrucción nº 1 de Baracaldo, volvió a repetir el «modus operandi». Le volvieron a sancionar. Tras cumplir la sanción, pasó a ocupar la plaza de Magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Almería, donde volvió a ser sancionado.
En 2016 le negaron su reingreso por falta de aptitud, pero recurrió y el Pleno del Tribunal Constitucional dió la razón a Arce Lana. En 2023 podrá reincorporarse.
Francisco Javier de Urquía. Aceptaba sobornos de los cerebros de la Operación Malaya. También se anuló su expulsión.
Según constaba en Autos, tal y como dice este artículo de ElConfidencial.com, «había cobrado 73.800 euros del ex asesor urbanístico de Marbella, Juan Antonio Roca, a cambio de prohibir un programa sobre su patrimonio. Luego Roca le acusó de haber aceptado sus favores, en concreto, dinero para la compra de su casa«.
En wikipedia se puede leer que:
«En agosto de 2008 fue condenado por el Tribunal Superior andaluz a dos años de prisión, siete de inhabilitación y multa de 73.800€ como autor de un delito de prevaricación. En abril de 2009, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en cambio, entendió que no había delito de prevaricación y sí de cohecho, por lo que le condenó a 21 meses de suspensión del cargo y a una multa de 73.800€, la mínima que contempla la ley. Los firmantes de la sentencia fueron los magistrados Carlos Granados, Perfecto Andrés Ibáñez, José Manuel Maza, Luciano Varela Castro y Joaquín Delgado. En mayo de 2010 es nuevamente juzgado en el juicio que se sigue en el Salón de Plenos del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) contra cuatro personas, entre ellas De Urquía, de nuevo por cohecho y prevaricación. Tras un juicio plagado de irregularidades que recoge la misma sentencia, la misma fue confirmada en su práctica totalidad por el Tribunal Supremo. El día 28 de diciembre de 2011, la sentencia del Tribunal Supremo ha dado a conocer que se ha estimado el recurso de De Urquía contra la decisión del Consejo General del Poder Judicial de impedir su regreso al servicio activo, pues vuelve a la actividad judicial.
En marzo de 2012 el Tribunal Supremo confirmó la condena impuesta por el TSJA por el delito de cohecho, por lo que deberá de cumplir (dado que tiene antecedentes penales) una condena de dos años de cárcel y 7 años de inhabilitación; y redujo la multa impuesta por el delito de prevaricación (a alrededor de 9.000 €) manteniendo los 10 años de inhabilitación. El 6 de marzo de 2012 el Consejo General del Poder Judicial le expulsó de la carrera judicial»
El juez defendió su inocencia y quedó apartado de la carrera judicial.
El mismo artículo dice que: «ya no quiere ser juez, ejerce ahora la abogacía en Alicante. En la costa blanca vive con su padre, Faustino de Urquía, presidente durante una década de la Audiencia Provincial de Alicante»
José Manuel Raposo. Amenazó a un inspector de la ITV porque su coche no pasó la inspección a la primera. Su sanción fue anulada.
Tal y como relata el artículo de Legaltoday.com:
«Según los hechos probados en el expediente disciplinario, el 9 de octubre de 2002, la Estación de ITV de Coaña (Lugo) suspendió la inspección al coche del juez, un Fiat 130 Coupé del año 1975. Al día siguiente, Raposo, en un sobre del Juzgado, y señalando como domicilio para recibir notificaciones la sede del órgano jurisdiccional, remitió a la Estación diversa documentación del vehículo para solucionar el problema.
El 18 de octubre, la Inspección contestó al juez por fax señalando la documentación que precisaría para regularizar la situación del coche, dada su antigüedad de más de 26 años. El 10 de diciembre, el juez llevó de nuevo el coche a la Estación, donde le continuaron detectando defectos para pasar la ITV. Finalmente, el 10 de enero de 2003, pasó el examen.
Pero cuatro días después, el 14 de enero, el juez, vía fax desde el Juzgado y también por correo ordinario, concedió un plazo de cinco días al inspector jefe de la Estación de Coaña, Celestino P.R., para ingresar en la cuenta bancaria del magistrado 18.000 euros por los daños y perjuicios que consideraba que le había causado su conducta en la inspección del coche.
Según decía la carta, el inspector «ha traspasado lo que es pura soberbia e insulto personal y ha penetrado de lleno en la arbitrariedad delictiva». Además, amenazaba con que, de no recibir el dinero en el plazo indicado, «iniciaremos de inmediato toda suerte de reclamaciones, demandas y querellas contra usted, y estoy en condiciones de garantizarle que su vida dejará de ser algo agradable en los próximos meses e incluso años». También mencionaba que iniciaría acciones judiciales contra ITVASA, y contra el operario que realizó personalmente las inspecciones, Francisco J.R.V.»
El Consejo General del Poder Judicial le impuso un año de suspensión. Cuatro años después, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimó que el procedimiento había caducado cuando se dictó la sanción, sin que pueda justificarse la tardanza en «las reiteradas devoluciones del expediente desde el Pleno del Consejo General del Poder Judicial a la Comisión Disciplinaria (del mismo órgano), o de ésta al Instructor, puesto que esas devoluciones no son otra cosa que un lance ordinario del procedimiento sancionador, de cuya causa inmediata es ajeno al imputado, y que no tienen nada de extraordinario o excepcional«.
De esta forma, la sanción fue anulada.
Adelina Entrena. Se olvidó de que una persona absuelta seguía en prisión. Tardaron 437 días «en darse cuenta».
Como explica este artículo de La Vanguardia, «tuvo el dudoso privilegio de ser de los pocos jueces que han sido expulsados de la carrera con decisión firme«.
Primero en el partido judicial de Loja ya el Consejo la sancionó por retrasos indebidos y cuando asumió su cargo en Motril comenzó a ausentarse del Juzgado durante largas temporadas.
Una vez absuelta la persona en cuestión, la Jueza «se olvidó de mandar a la cárcel el mandamiento correspondiente para que fuera puesto en libertad y, ni el abogado de oficio, ni el fiscal del caso repararon en que Campoy seguía en prisión pese a su absolución«. Un politoxicómano que no sabía leer ni escribir y que tampoco reclamó su libertad. Un funcionario de prisiones se dio cuenta del error cuando ya habían pasado 15 meses.
4 años después de su expulsión de la carrera judicial su cuerpo fue encontrado sin vida. Unos días antes, con motivo de su 54 cumpleaños, escribió en redes sociales que «la vida es bonita pero llega un momento en que deja de ser vida… lo siento«.
Enrique Peralta Prieto. Presidente de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Málaga. Metió a un hombre en la cárcel por error. Ni se molestó en mirar en el juicio las pruebas y cómo era imposible que el acusado estuviera en el lugar de los hechos. Estaba en el Hospital. No se le ha sancionado.
Lo relata el artículo de El Confidencial Digital titulado: «El Supremo descarta sancionar a un juez que se equivocó encarcelando a un ciudadano«.
Al ciudadano se le condenó a 4 años y 6 meses de prisión por una pelea que se produjo en Marbella, mientras él acreditó que ese día y a las horas en que se produjo estaba ingresado en un Hospital a 30 kilómetros y aportó la documentación del Hospital. «Ni el Tribunal ni ninguna de las partes impugnó los documentos médicos que certificaban la imposibilidad del hombre de estar en dos lugares a la misma vez».
Tras la condena fue diagnosticado de depresión y ansiedad, estrés y deterioro cognitivo. Incluso presentó un Informe Psiquiátrico y fue evaluado por un médico forense a petición del propio juez. El informe exponía que con el cuadro cardiológico y neuropsíquico del afectado, su entrada en prisión presentaba «riesgo elevado y peligro para la vida», pero el Magistrado denegó la ejecución de la pena y en junio de ese año, ingresó en la cárcel.
Tras un recurso de revisión, la Sala Segunda del Tribunal Supremo declaró su absolución, asumiendo que había una «incompatibilidad» en los horarios y que por tanto el condenado «no pudo ser autor de los hechos«.
El Consejo General del Poder Judicial, ante la petición de sanción contra el juez por parte del ciudadanos, negó la sanción alegando que: «no toda resolución judicial que no se ajuste a una adecuada interpretación del derecho implica que quien la dictó haya incurrido en conducta constitutiva de infracción«. Y así lo ratificó después la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
El ciudadano reclama al Estado una indemnización de 935.243 Euros. El Juez, se ha ido «de rositas» y si sus compañeros reconocen la indemnización al ciudadano, seremos todos y cada uno de nosotros quienes la paguemos con nuestros impuestos.
Pero…. estos no son los únicos casos. Hay muchos casos más.
Conocemos el caso de Carmen Valcarce, que relatamos en nuestro artículo «Inutilidad, corrupción o ¿qué?«.
O el caso de Carmen Lamela, por el que el ex presidente del Barcelona C.F. pasó más de 640 días en prisión siendo inocente. Lo relatamos en nuestro artículo titulado «Sandro Rosell, 643 días en prisión siendo inocente«.
O el caso del acta por medio de la cual se nombró a Pablo Llarena Magistrado del Tribunal Supremo. Lo relatamos en nuestro artículo titulado: «Acta del CGPJ falsificada para nombrar a Llarena«.
O el caso del Magistrado Salvador Alba que conspiró, a sabiendas de las falsedades, en contra de otra Magistrada. Lo relatamos en nuestro artículo titulado: «Juez condenado»
Y así podríamos seguir, y seguir y seguir.
¿Estado de Derecho? De verdad, alguien puede afirmar que el Estado de Derecho goza de respeto y buena salud en España?
¿Por qué este nivel de tolerancia frente a vulneraciones del Estado de Derecho?
El artículo de Mónica Cebeiro y Manuel Altozano a que hacíamos referencia, dice:
«Los resultados provisionales de un informe de la ONG Transparencia Internacional sobre España, hechos públicos esta semana, son preocupantes. El documento califica como uno de “los puntos débiles más importantes” del sistema judicial “la débil rendición de cuentas existente en la práctica”. “Los jueces actúan normalmente con ética, responsabilidad y rigor, pero la irresponsabilidad, corrupción e ineficiencia no son suficientemente sancionadas”, señala el informe, que habla también de la “fuerte politización” del órgano de gobierno de los jueces y de los nombramientos de los miembros de los tribunales de más alto rango: “Existe un cierto incentivo, para los jueces que quieran llegar a los puestos superiores del sistema, de subordinar su plena independencia a ciertos compromisos políticos”. Algo que, junto al fuerte corporativismo, está también relacionado con el modo en el que los jueces se imponen las sanciones entre sí.
Cada caso es grave, porque los jueces ejercen un poder del Estado: el judicial. En sus manos están algunas de las decisiones más trascendentes para la vida de los ciudadanos. Las toman cada día. No es solo la libertad o la prisión, en asuntos penales, o la protección de las mujeres maltratadas. Juzgados y tribunales aplican la ley para resolver sobre matrimonios, divorcios, despidos, herencias, pensiones, quiebras… La aplican a todo salvo, a veces, a sí mismos.
Quizá por ello, el Poder Judicial ha optado en los últimos años por una política de opacidad que impide conocer sus resoluciones disciplinarias (solo se hace público el fallo de los expedientes más sonados) que, hasta 2004, se publicaban en un libro que salvaguardaba la intimidad omitiendo los datos personales. Ahora no se facilitan ni a través del gabinete de prensa, que sí ofrece, sin embargo, los datos generales.
Entre 2008 y el tercer trimestre de 2011 (la fecha de las últimas estadísticas), el Poder Judicial inició 5.979 investigaciones contra jueces y magistrados, según cifras de la institución. De todas ellas, 204 (el 3,4%) originaron expedientes disciplinarios, de los que 126 terminaron en sanción (el 2,1%).
Cuando hay sanción disciplinaria, en algunos casos los jueces ni siquiera llegan a cumplirla. Y no porque no hayan cometido los hechos o estos no hayan sido castigados, sino por un problema de plazos. El tiempo legal para resolver los expedientes disciplinarios es de seis meses, “lo que ciertamente contrasta con el plazo de 12 meses adoptado para los expedientes relativos a los secretarios judiciales y funcionarios de la Administración de Justicia”, reconoce el propio órgano de gobierno de los jueces en una resolución del 15 de abril de 2009. No son pocos los supuestos en los que gravísimas conductas han quedado sin sancionar porque el Supremo consideró que el expediente no se resolvió a tiempo. Ese plazo tan exiguo azuza las estrategias de los expedientados, que suelen obstaculizar las investigaciones dilatando los trámites hasta el límite. A veces son los propios instructores, actuando de forma corporativa, los que no dan la agilidad necesaria a sus pesquisas, según reconocen fuentes del gobierno de los jueces.
Otro problema, no menor, es la dificultad para jubilar a magistrados con trastornos psíquicos. La salud mental de los jueces, a diferencia de otros funcionarios, no se evalúa ni antes ni después del ingreso en la carrera. Salvo que lo pida el propio magistrado —lo que no es habitual por la importante reducción de sueldo que supone—, es el Consejo el que promueve la incapacitación. El proceso es lento y complicado. Un informe del Poder Judicial fechado en 2006 hablaba de al menos 30 magistrados ejercientes con padecimientos psíquicos, y la comisión disciplinaria de este organismo pidió en febrero de 2008 que se abordara el problema porque suponía “un perjuicio para la tutela judicial de los ciudadanos”. El pleno se negó para no crear una “alarma social injustificada”.
Los casos que llegan a esa comisión son preocupantes. Una resolución de 2009 sobre una juez que acumulaba retrasos y creía que sus compañeros la perseguían asegura que, según el forense, la magistrada padecía “una situación de disminución del funcionamiento neurocognitivo e ideación delirante que le imposibilitan para la función de magistrado-juez”. La patología ya estaba presente “presumiblemente, en periodos muy anteriores”, y se habla de una depresión “de más de 15 años de evolución”. El caso acabó con la apertura de un expediente de jubilación por incapacidad, pero la magistrada juzgó durante años sin estar capacitada.
El pleno del Consejo, en junio de 2010, resolvió el caso de una juez destinada en una Audiencia Provincial que padecía “trastorno adaptativo con reacción de ansiedad”. Le había sido diagnosticado en el verano de 2006. A partir de ese momento, pasó largas temporadas de baja, pero también otras tantas de actividad en el tribunal, durante las cuales acumulaba notables retrasos. La relación con sus compañeras de sección devino imposible. Acusó a la presidenta de la sección de ser “una choriza y una delincuente” y a otra compañera de no tener “ni puta idea”. Su psiquiatra, en un informe de 2009, alegó que tenía una “ansiedad de carácter fóbico”, y que el “simple hecho de plantearse el trabajo la desencadenaba”. El problema era que su modo trabajar era demasiado “riguroso, muy responsable y concienzudo”. Fue sancionada por el pleno con 1.800 euros de multa por una falta leve y dos graves.»
Ha pasado tiempo desde su publicación. Sin embargo, del análisis de la realidad que vamos conociendo, la situación parece que no sólo se han mantenido, sino que ha empeorado sustancialmente.
Hablamos de ello en nuestro artículo sobre el Consejo General del Poder Judicial, titulado «Ni independiente, ni imparcial, ni transparente«.
De hecho, las formas con las que en ocasiones podemos conocer que actúa y el fondo de algunas de las actuaciones por parte del Consejo General del Poder Judicial han pasado a ser cada vez más preocupantes. Es interesante, a estos efectos, leer el artículo que publicamos bajo el título: «El CGPJ… ¿ha perdido la vergüenza? Arriaga Asociados«.
El asunto es tan grave que han llegado a expulsar a un Magistrado, Fernando Presencia, en este caso todo parece indicar que ¡¡¡por denunciar la corrupción en la Administración de Justicia!!!. Lo pueden leer en nuestro artículo titulado: «Juez expulsado de la carrera por denunciar corrupción«.
¿Estado de Derecho? De verdad se puede decir que en España existe respeto por el ¿Estado de Derecho?
Los casos son interminables. Sigan leyendo
El artículo publicado por Diario 16 y titulado: «El Santander y los Botín monopolizan el «Top 10» de los escándalos judiciales en España» comienza recordando que:
«El Talmud, libro hebreo que compila tradiciones, costumbres, narraciones, etc., dice que «desgraciada la generación cuyos jueces merecen ser juzgados». Este proverbio, en los tiempos que corren, debe aplicarse, por desgracia, a España porque muchos de los jueces contemporáneos merecen ser juzgados. Unos pocos han sido juzgados, condenados e inhabilitados (Estevill, Garzón, etc.). Sin embargo, viendo algunas sentencias o decisiones judiciales, son muy pocos para los que se lo merecen.»
Y elaboran una lista de Jueces y Magistrados involucrados en polémicas sentencias absolutorias para la familia Botín y altos empleados del Banco Santander: Baltasar Garzón, Javier Gómez Bermúdez, Luis Martínez Salinas, Fernando Andreu o Santiago Pedraz. Invitamos a leerlo.
En este otro artículo se cuenta:
«De antológico se puede calificar el auto del magistrado del Tribunal Supremo, Manuel Marchena Gómez, de 13-2-12 dictado en la Causa especial 20339/2009 en el que, pese a librar a Garzón de ser juzgado por cohecho, prevaricación, extorsión y asociación ilícita, se reconoce que Garzón habría solicitado al Santander y otras empresas del IBEX35 más de 2,5 millones de euros, habiendo conseguido finalmente 1,2 millones, y que habría cometió un cohecho impropio pero que habría prescrito por 25 días (Hemos reproducido un pasaje de dicho auto en la foto que ilustra la noticia, pero pueden acceder al mismo en la base de datos jurídica CENDOJ Ref Roj: ATS 729/2012).
(…)
Como pueden comprobar el hampa judicial y las cloacas del Estado parecen concentrarse en la Audiencia Nacional, creada en su día como un tribunal especial para la lucha contra el crimen organizado, pero que parece que el crimen se ha organizado en torno a la Audiencia Nacional, con magistrados que dictan resoluciones curiosas sobre la extradición de narcotraficantes (Jorge Luis Ochoa y Gilberto Rodríguez Orejuela 1986) o dejándoles incomprensiblemente en libertad poco antes del juicio facilitando así su fuga (como ocurrió en 2001 con Carlos Ruiz de Santamaría alias “el Negro” en la “operación Temple”), o como las mencionadas relacionadas con el clan Botín, o el reciente y repentino sobreseimiento provisional dictado por el magistrado Santiago Juan Pédraz Gómez archivando el caso por blanqueo de capitales derivado de la “lista Falciani”, instruido, en el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional por el magistrado José de la Mata Amaya, contra Ignacio Benjumea Cabeza de Vaca, ex secretario general del Santander, y otros seis directivos del departamento de prevención del blanqueo de capitales de la entidad cántabra.
El sobreseimiento provisional decretado por Pedraz el 11-1-21 -nada más llegar a su nuevo destino en el Juzgado Central de Instrucción nº 5- ha sorprendido a muchos dentro del mundo judicial, máxime con la existencia de diferentes informes periciales de inspectores del Banco de España que apuntaban a la comisión de delitos de blanqueo de capitales por Benjumea y otros directivos del Santander al haber contribuido con su operativa al aprovechamiento y ocultación del producto de hechos constitutivos de delito.
Llueve sobre mojado, ya que Pedraz archivó, en abril de 2011, una querella por sobornos a miembros del gobierno de Angola, entre ellos a José Filomeno de Sousa do Santos -hijo del presidente- al que la empresa Eurofinsa habría sobornado, según la investigación de la Fiscalía, con 16,5 millones de euros, joyas y coches de lujo para obtener la adjudicación de un concurso público del Instituto de Carreteras de Angola de 300 millones de euros. Resulta que la empresa Eurofinsa, presidida por Mauricio Toledano, era una de las mayores contribuyentes de la Fundación Internacional Baltasar Garzón (Fibgar) del exmagistrado a la que habría donado más de 375.000 euros. Casualidades de la vida ¿verdad?
Pero aún hay más. Pedraz también sobreseyó, en 2016, la causa contra Humberto Moreira Valdés expresidente del PRI mejicano y exgobernador del estado de Coahuila por presunto blanqueo de capitales del “cártel de los Zetas”, organización criminal, malversación y cohecho, permitiendo su salida de España donde estaba siendo investigado por la Fiscalía Anticorrupción. Moreira era el presidente del PRI y mantenía una cordial amistad con…, sí “Balta el mago”. Garzón asesoró al PRI durante la presidencia de Moreira, junto al que fue fotografiado en alguna ocasión. Organizaba jornadas y conferencias legales en México a las que acudían los magistrados de la Audiencia Nacional Pedraz y Fernando Andreu Merelles. Garzón mantenía relación con los dirigentes mejicanos siendo invitado al Foro Internacional Seguridad con Legalidad junto con Pedraz y Andreu. Poco después el trío de amiguetes de la Audiencia Nacional intervinieron en el Foro de Seguridad, Legalidad y Derechos Humanos celebrado en Ciudad Juárez.»
No podemos dejar de referenciar también nuestro artículo: «Ocho querellas contra treinta y tres jueces«.
¿Estado de Derecho? De verdad se puede decir que en España existe respeto por el ¿Estado de Derecho?