En el artículo publicado en el día de hoy se pone en conocimiento del público la denuncia presentada contra el CGPJ español ante Organismos Europeos por parte de la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción.
El titular es ya de por sí revelador: corrupción sistemática del Consejo General del Poder Judicial.
Es un artículo publicado por Miguel Sempere.
En un hecho sin precedentes, la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción denuncia ante GRECO (Grupo de Estados contra la Corrupción), del Consejo de Europa, la corrupción sistemática y generalizada del Consejo General del Poder Judicial.
Por su interés -a partir de aquí- reproducimos íntegro el contenido del escrito de denuncia contra el CGPJ español ante Organismos Europeos por parte de la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción:
El Consejo General del Poder Judicial, incluyendo su Presidente y vocales:
Ministerio Fiscal y en especial Inspección Fiscal.
Diputados del Congreso de los diputados desde julio de 1985 (Ley Orgánica 6/1985 del poder judicial): en este enlace se podrá encontrar el listado completo.
Senadores del Senado desde julio de 1985 (Ley Orgánica 6/1985 del poder judicial. En este enlace se podrá encontrar el listado completo.
HECHOS QUE SE DENUNCIAN:
Corrupción sistemática y permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), prevaricación permanente en sus resoluciones.
Esta corrupción supone la violación sistemática de los derechos fundamentales de los ciudadanos, el incumplimiento permanente de la necesaria división de poderes, la ausencia absoluta en el cumplimiento del Convenio Europeo de Derechos humanos.
El propio CGPJ protege a los Jueces y Magistrados denunciados por los ciudadanos, letrados y Asociaciones incumpliendo de manera constante y sistemática su propio régimen disciplinario establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985 del 1 de Julio, lo que supone una prevaricación continuada por parte de este Órgano.
Además, cuando se denuncia por ciudadanos, letrados y asociaciones las actuaciones irregulares de los Jueces y Magistrados, este Órgano de Gobierno de Jueces y Tribunales (CGPJ) otorga amparo al Juez DENUNCIADO de manera sistemática cuando este pide ‘amparo’ basándose siempre en las alegaciones del Juez y no teniendo en cuenta las pruebas aportadas por los denunciantes, llegando incluso a coartar la libertad de información y prensa a los Medios de comunicación y a las personas o entidades que están denunciando.
El CGPJ de manera sistemática incumple el Régimen disciplinario (Artículos 414 y siguientes de la Ley Orgánica del Poder Judicial) otorgando una impunidad absoluta a los Jueces y Magistrados que cuentan además con otra capa de protección más que es el aforamiento. La corrupción del CGPJ ha llegado a tal nivel que inclusive el propio Presidente Don Carlos Lesmes decide sobre lo que proponga el Promotor de la Acción Disciplinaria (Juez que instruye las denuncias contra Jueces nombrado por Don Carlos) sin dar ni siquiera a la Comisión Disciplinaria del CGPJ la oportunidad de estudiarlas; de la misma manera, la Comisión Permanente se limita a ratificar lo propuesto por el Promotor.
Esta corrupción, prevaricación y corporativismo, se amplía igualmente a las acciones que cualquier ciudadano, asociación, letrado o Institución inste contra un Magistrado por la vía penal; los jueces y magistrados ‘ficticiamente’ tienen una responsabilidad penal y civil en cuanto a sus actuaciones en el ámbito de la justicia, conforme al artículo 405 y siguientes de la LOPJ, y así, deberían responder por sus actuaciones delictivas, sin embargo, ocurre lo mismo que con el régimen disciplinario contencioso administrativo, una vez instas querella penal ante el órgano correspondiente (Tribunal Superior de Justicia, Tribunal Supremo,…) estos o bien no admiten a trámite prejuzgando en la inadmisión los hechos sin base alguna, o en los pocos casos que admiten a trámite, finalmente nunca condenan al Juez.
EL CGPJ, por otra parte, mantiene reuniones y contactos con organizaciones financiadas por Organizaciones criminales. Estas Organizaciones tienen por objeto la implantación de políticas de género presionando a la Justicia para implantar métodos y ‘perspectiva de género’, lo que supone violentar claramente la independencia del poder judicial, dado que no pueden basarse ni fundamentarse las causas y resoluciones judiciales en base al ‘género’ de una de las partes de un procedimiento Judicial, al igual que tampoco se podrían por su origen, raza, color, religión, orientación sexual, etc. Así, el CGPJ mantiene relaciones, entre otras, con la Organización WLW (Women’s Link worldwide) financiada por la Open Society de George Soros.
La Open Society y sus organizaciones satélite es una Organización criminal prohibida en países como Hungría o Rusia, que está en investigación por la Fiscalía Italiana.
Dicha Organización promueve los procesos separatistas y desestabilizadores de Gobiernos y Estados, la Inmigración ilegal y la ideología de género. Estos dos últimos con una clara finalidad de hacer ingeniería social para conseguir la destrucción de la civilización occidental de origen cristiano.
Como muestra de ello…
Y a continuación la carta dirigida por la Asociación Europea de Ciudadanos contra la Corrupción, dirigida al Presidente del CGPJ, Don Carlos Lesmes, publicada en los medios de comunicación.
Inclusive hacen un informe sobre 7000 sentencias en torno a la perspectiva de género, facilitando el CGPJ las Sentencias y Resoluciones a esta Organización:
Corrupción sistemática del Ministerio Fiscal al abandonar a los ciudadanos y no perseguir los delitos cuando estos son cometidos por miembros de la Administración de Justicia y en especial por los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios Judiciales/Letrados de la Administración de Justicia, u otros funcionarios de la Administración.
La Fiscalía se limita como mucho a abrir diligencias, pero posteriormente, contraviniendo el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal Ley 50/1981 de 30 de diciembre, La Ley de Enjuiciamiento criminal en especial desde el Articulo 773 y siguientes y La Circular 4/2013 de la Fiscalía General del Estado sobre Diligencias de Investigación, en lugar de investigar los hechos denunciados, se limita a archivar sin más, indicando al ciudadano que inicie el por su cuenta por medio de las querellas pertinentes las acciones que estime oportuno, es decir, en lugar de perseguir el delito de los miembros de la Administración lo tapa y abandona a los ciudadanos, instituciones, letrados y asociaciones a su suerte y al abuso e irregularidades de la Administración de Justicia.
Además, al igual que sucede con los Jueces y Magistrados, en caso de que los ciudadanos denuncien a un Fiscal, Inspección Fiscal (Órgano de control interno de los Fiscales) se limita a archivar sistemáticamente las denuncias tal y como puede comprobarse en la Memoria del año 2017 relativa al año 2016 , Capítulo I, Apartado 5.5 (https://www.fiscal.es/memorias/memoria2017/FISCALIA_SITE/index.html): del total de denuncias que no informan sólo abren expediente en 61 casos de los cuales sólo acaban con una sanción 3.
Complicidad y/o cooperación de todos los parlamentarios y senadores
Al conocer el sistema de elección de los miembros del CGPJ sin la debida independencia del poder legislativo y ejecutivo, permitiendo el control del CGPJ y de esta manera, impidiendo la necesaria independencia de la Justicia.
ORIGEN DE ESTA CORRUPCIÓN SISTEMÁTICA:
La Ley Orgánica 6/1985 del 1 de Julio del Poder Judicial en su Título segundo, capítulo primero estableció la renovación, elección y designación de los vocales del Consejo General del Poder Judicial. Al grito de ‘Montesquieu ha muerto’,
el vicepresidente del Gobierno de entonces, Alfonso Guerra, certificó sin tapujos la muerte de la división de poderes, al cambiar el sistema de designación de vocales, dado que 12 de los 20 los elegirían directamente los políticos del congreso y del senado. De esta manera, se pretende y consigue un control político del Órgano de Gobierno de Jueces y Tribunales, quedando por lo tanto sometidos al poder legislativo.
De igual manera, el Fiscal General del Estado, máxima autoridad de la Fiscalía General del Estado, es designado por el Gobierno de turno, y como es lógico, carece de independencia alguna en sus actuaciones, o al menos, seguirá las directrices del Gobierno que esté en el poder, dado que se integra en la estructura del Ministerio de Justicia.
Así las cosas, tenemos por una parte a unos Jueces, Tribunales y CGPJ que jamás actúan contra los Jueces y Magistrados, por otra parte a una Fiscalía que por corporativismo tampoco lo hará y este sistema, además, resulta si cabe aún más viciado y abusivo: todos los que lo integran, jueces, fiscales, congresistas y senadores están aforados. Al corporativismo y prevaricación para no actuar unos en contra de otros, se suma un sistema de protección especial a la hora de ser Juzgados.
Así, España es el país del mundo con más aforamientos; teniendo sólo en el ámbito de las Justicia y de la política más de 17.000…;
Debemos recordar que el aforamiento en otros Estados o bien no existe o sólo se da a una persona concreta que suele ser el Jefe de Estado o de Gobierno.
Y así, en un sistema claramente corrupto y perverso en España, no interesa a Jueces, Fiscales y políticos quitar este aforamiento, y permite granjearse un blindaje especial, que sumado al corporativismo desmedido, hace que ninguno quiera cambiar el sistema, en claro detrimento de la libertad, la justicia y la ciudadanía.
DATOS ESTADÍSTICOS QUE CERTIFICAN LA CORRUPCIÓN Y PREVARICACIÓN SISTEMÁTICA DEL CGPJ y DE LA FISCALÍA:
Memoria del 2017 sobre las actuaciones del CGPJ en el año 2016. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Consejo-General-del-Poder-Judicial/Actividad-del-CGPJ/Memorias/Memoria-anual-2017–correspondiente-al-ejercicio-2016-
En su página 44 indica que hubo 8335 quejas contra Jueces y magistrados. De estos sólo se incoaron 41, elevándose solo a la Comisión Disciplinaria 21, de los cuales según la página 16 sólo sancionan a 16; en definitiva, unicamente prosperaron el 0,001%, dato que manifiesta con absoluta claridad la prevaricación y corporativismo desmedido del CGPJ.
Con relación al Ministerio Fiscal nos encontramos con una situación igualmente insostenible, dado que las sanciones a los Fiscales son inexistentes como se pone de manifiesto en su propia Memoria del año 2016 (punto 5.5: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2017/FISCALIA_SITE/index.html) en el se indica que únicamente se abre expediente disciplinario en 61 casos y sólo concluyen en sanción 3 casos.
EJEMPLOS/CASOS REALES DE ESTA PREVARICACIÓN:
Ejemplo 1: Denuncia contra la Magistrada titular del Juzgado de familia nº28 de Madrid, Fiscal que estaba entonces en dicho juzgado, Secretaria Judicial, equipo psicosocial y Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid.
SE APORTA EN CD ADJUNTO, EN CARPETAS NUMERADAS LOS DOCUMENTOS QUE SE REFIEREN A PARTIR DE ESTE PUNTO CONFORME A LA NUMERACIÓN DE LOS MISMOS. EN CADA CARPETA Y NÚMERO DE DOCUMENTO PODRAN ESTAR INCLUIDOS UNO O VARIOS DOCUMENTOS PROBATORIOS.
Tal y como se acredita en la carpeta documentación 1 se formula denuncia por parte de esta Asociación con abundante documentación acreditativa, incluyendo audio de más de 4 horas de la psicólogo del juzgado, sobre prevaricación de la Juez, la Fiscal, la Secretaria Judicial, el equipo psicosocial y la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid por la presunta comisión de multiples delitos de prevaricación, prevaricación administrativa, generación de prueba falsa continuada, estafa procesal y cohecho entre otros. Se amplía la denuncia por posible delito de coacciones. El Ministerio fiscal abre expediente, pero finalmente, sin efectuar diligencia de investigación alguna sobre los hechos denunciados, procede a su archivo. Se adjunta en la carpeta documento 1 toda la documentación al respecto.
Contra la Juez tutilar del Juzgado 28 se cursa queja en el CGPJ que igualmente archiva el Consejo carpeta documentación 2. Además, contra este Magistrada constan innumerables denuncias en el CGPJ y en Fiscalía de distintos perjudicados sin que prospere jamás alguna de ellas, inclusive, se han formulado quejas de colectivos y asociaciones contra la misma sin que el CGPJ toma medida alguna contra ella.
Así mismo, se cursó querella penal carpeta documentación 3 contra la misma Juez en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid el cual ni siquiera admitió a trámite.
Para colmo, la Juez denunciada, solicita amparo al CGPJ carpeta documentación 4 , pidiendo que esta asociación no reparta artículos de prensa en la puerta de los Juzgados de Familia y que los medios de comunicación y prensa no puedan sacar artículos relativos al escándalo de este Juzgado. Ambas peticiones, claramente ilícitas, pretenden socavar de manera clara y manifiesta el derecho fundamental de información y prensa de los medios (que por otra parte no pertenecen ni tienen relación alguna con esta asociación) y coartar y coaccionar los derechos fundamentales de los ciudadanos y asociaciones para su libre ejercicio. Efectivamente, el CGPJ, otorga dicho amparo ilegal, con el objeto de coaccionar las acciones legales de esta asociación. Hay que resaltar que el CGPJ siempre que un Juez pide amparo en estos términos, se lo conceda, con el objeto de amedrentar a los ciudadanos, letrados, asociaciones o instituciones que están denunciando los actos irregulares o ilícitos de algún Juez.
Ejemplo 2: 4 querellas (una por cada Magistrada) carpeta documentación 5 de los Juzgados nº 1, 2 y 3 de Pozuelo de Alarcón. Se admiten a trámite las querellas, pero finalmente se archivan indicando, a pesar de los evidentísimos hechos y pruebas aportados que no ven indicios de delito.
Denuncia en la Fiscalía a las Magistradas de los Juzgados nº 1, 2 y 3 de Pozuelo de Alarcón, al equipo psicosocial, servicios sociales de Pozuelo, director del colegio Escuelas Pías de San Fernando de Pozuelo, por Organización criminal, y de nuevo, la Fiscalía abre expediente, pero archiva sin realizar diligencia alguna de investigación: carpeta documentación 6.
OTRAS DENUNCIAS/INFORMACIÓN PÚBLICA SOBRE ESTOS MISMOS HECHOS:
Encontramos distintas informaciones a modo de denuncia sobre estos mismos hechos en distintos artículos de prensa:
- La Juez Alaya denuncia el control y falta de independencia de los Jueces debido al control político del CGPJ, para colmo el CGPJ le abre expediente por estas declaraciones que son manifiestamente ciertas:
https://www.elmundo.es/espana/2018/06/04/5b158d8a468aeb50778b45fc.html
https://sevilla.abc.es/sevilla/sevi-mercedes-alaya-psoe-y-pp-quitaron-miedo-investigara-cursos-formacion-201805202133_noticia.html
https://www.elmundo.es/espana/2018/06/20/5b2a1a8ce2704ef6888b45cc.html
- 7 Jueces denuncian la falta de independencia del CGPJ y el incumplimiento de España con relación a los informes del GRECO, en este caso, se produce un linchamiento público de un Juez en concreto por su voto particular con origen en la presión mediática contra el mismo, la cual opera como instrumento de la ideología de género.
- Vocales del CGPJ denuncian a Carlos Lesmes y el incumplimiento del procedimiento disciplinario contra Jueces y Magistrados:
- Otro ejemplo del amparo del CGPJ a un juez que se la ha denunciado por irregularidades en lugar de sancionarlo:
https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/En-Portada/El-CGPJ-otorga-amparo-al-titular-del-Juzgado-de-Instruccion-numero-12-de-Palma
- Más información sobre quejas contra jueces durante varios años y la falta de acción disciplinaria por parte del CGPJ:
CONCLUSIONES:
Es conocido por haber trascendido en distintos medios de comunicación, que España ha sido denunciada en múltiples ocasiones por estos mismos hechos o hechos similares y/o claramente relacionados en este Organismo al que nos dirigimos. Consta que el GRECO ha llamado la atención a España sobre los mismos. Además, es de interés por esta parte, manifestar que España no cumple normas, protocolos de actuación, ni tratados a los que esté adscrita, y se informa dado que el hecho de que se protocolice o se ponga una pretendida solución en una supuesta norma será a buen seguro estéril e inútil, ya que España no la cumplirá, al igual que como consta en la presente denuncia no cumple su propia legislación (Ley orgánica del poder judicial, Estatuto del ministerio fiscal, etc).
Rogamos encarecidamente, se proceda a actuar firmemente contra España, sancionándola, y exigiendo que se tomen medidas urgentes contra el Consejo General del Poder Judicial, El Ministerio Fiscal, miembros del Congreso y del Senado.
Igualmente, se proceda a la comunicación por medio de nota de prensa a todos los Estados, sobre la sanción a España y el motivo de la misma.
Que se establezca un Gabinete especial de crisis u órgano o equipo, con el objeto de: verificar el cambio normativo de la designación de los vocales del CGPJ y del Fiscal General del Estado, comprobar las denuncias formuladas contra jueces, magistrados, fiscales, Secretarios Judiciales y miembros de la administración de justicia en el ámbito penal, civil y contencioso administrativo.
Esta Asociación se pone a disposición del GRECO para facilitar cuanta información más fuera precisa sobre los hechos denunciados, así como para aclarar cualquier cuestión relativa a los mismos.
ES JUSTICIA QUE PIDEN,
Don Manuel Romeral Frías
Don Eugenio Martín Closas
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